jueves, 6 de diciembre de 2018

Juez Ortega ratifica que todos los implicados del caso Odebrecht se quedan en la Suprema


El juez de la Instrucción Especial, Francisco Ortega Polanco, confirmó su decisión de mantener en la jurisdicción privilegiada a todos los imputados del caso Odebrecht, así como fallar, luego de que se debata la acusación, los otros incidentes y excepciones de nulidad planteados por los abogados.

Recesó la continuación de la audiencia para el 23 de enero, momento a partir del cual, el Ministerio Público tendrá cinco días para presentar la acusación por los US$92 millones pagados en soborno por Odebrecht. Los imputados tendrá cada uno, ese mismo tiempo para defenderse.

Ortega Polanco negó que su sentencia carezca de motivación, afirmando que la obligación de los jueces de motivar sus decisiones no significa que puedan incurrir en verbalismos excesivos, sino en el acto intelectual de subsumir los hechos en el derecho con claridad y precisión.

En cuanto al alegato de la defensa de Andrés Bautista de que él se basó en referentes jurisprudenciales forasteros al campo penal para sustentar la permanencia de su cliente en la jurisdicción privilegiada, el magistrado aclaró que el carácter suplementario del derecho general no constituye novedad alguna en el razonamiento de los jueces, “lo que se evidencia en no sólo en la Ley, sino en la práctica jurisdiccional común”.

Ratificó el criterio de mantener la acción penal sin que se realice un juicio político al senador Tommy Galán, toda vez que existe una separación entre la jurisdicción política y la ordinaria.

El magistrado Francisco Ortega dijo que mantener en la jurisdicción privilegiada a los demás imputados se basa en la jurisprudencia nacional y que además los abogados no aportaron evidencias de casos donde se haya realizado juicios separados de funcionarios con privilegio de jurisdicción y coimputados por el mismo ilícito.



Explicó que para poder determinar la conexidad de los delitos imputados al senador Galán y los de los coimputados Andrés Bautista, Víctor Días Rúa, Ángel Rondón Rijo, Juan Roberto Rodríguez, Conrado Pittaluga y Jesús –Chú- Vásquez, debería tener mayor conocimiento y discusión de los argumentos del Ministerio Público. Sin embargo, esto le está vetado en esa fase del proceso.

“El tribunal solo puede estimar lo que hasta el momento ha sido puesto a su disposición”, relata en su sentencia.

Ortega señaló también que la audiencia preliminar es una sencilla y razonablemente breve, ratifica su decisión de acumular los incidentes y excepciones relacionados con la inadmisibilidad de la investigación, nulidad de la investigación y prescripción de la acción penal, por entender que se relacionan estrechamente con la acusación.