jueves, 3 de junio de 2021

Hoteles y transporte turístico solo podrán operar un 70 % de su capacidad

 


Tras las disposiciones establecidas por el Poder Ejecutivo y las autoridades sanitarias que enrudece el toque de queda durante una semana, el Ministerio de Turismo (Mitur) emitió la resolución DJ-014, en la que ordena una serie de medidas para ese sector.


El documento establece que los hoteles, restaurantes ubicados en las zonas turísticas, al igual que las empresas de excursiones deben acogerse a lo establecido en el decreto 349-21, emitido por el presidente Abinader, el pasado lunes.


En ese sentido, los hoteles solo podrán tener un 70 % de su capacidad máxima, una medida que será revisada cada 30 días.


También los transportes turísticos solo deben usarse en un 70 %.


Entre el 2 y el 9 de junio, los restaurantes ubicados en complejos turísticos de Punta Cana, Cap Cana, en La Altagracia, y Casa de Campo, en La Romana, deberán cumplir el toque de queda correspondiente para esas demarcaciones y solo deberán tener el 50 % de su capacidad en el recibimiento de clientes.


Mientras que en el caso de Las Terrenas, en Samaná, y Cabarete, en Puerto Plata, los restaurantes podrán estar abiertos hasta las 7:00 p.m., pero deben acogerse al mandato del decreto de no vender ni consumir alcohol en el horario establecido.


Según la orden emitida por David Collado, ministro de Turismo, los fines de semana tampoco podrán vender ni consumir alcohol desde las 3:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana.


Entre el jueves 3 de y el domingo 6 de junio, los hoteles no podrán vender el paquete de “pasadía” conocido como “day pass”, no podrán realizar eventos dentro de las instalaciones, ni los huéspedes podrán salir en el horario establecido durante el toque de queda.


De igual manera, el Mitur ha prohibido el uso de jet ski, wave runer y banana boat en las playas y balnearios del país.


También están prohibidas las casas de campaña en las playas. Tampoco se permiten las fiestas, conciertos y eventos que impliquen aglomeración de personas dentro de las instalaciones turísticas, como tampoco se deberán abrir las discotecas.


Asimismo, en el caso de las playas de los hoteles, solo podrán usarse cuando no conlleve música ni aglomeraciones y se deben respetar las medidas sanitarias.


Las actividades que se realizan en los hoteles para los huéspedes, debe ejecutarse con el debido protocolo sanitario y no exceder las 9:00 pm. Tampoco se deberá usar hookah.


Las excursiones turísticas solo deben permitirse el 60 % de su capacidad, y en ellas no se podrá consumir alcohol. Mientras que en los ranchos, cabañas y parques acuáticos no deben pasar el 50 % de su capacidad.