sábado, 6 de agosto de 2011

No hay resolución que prohíba entrar con armas, bebidas y música a los cementerios


El director de Cementerios del Ayuntamiento de Santiago, José Espaillat, reveló que no existe una resolución municipal que prohíba que se lleve música, armas y bebidas a los sepelios.
Lo que si es penalizado por la Ley 360, es que se cubra con la Bandera Nacional los ataúdes de personas que no califiquen para tal distinción. La pieza en su artículo 8 prevé diferentes tipos de castigos para quienes irrespeten o ultrajen cualquiera de los símbolos patrios del país.
Según señala, las penas se aplicarán de acuerdo al hecho. El uso de la Bandera Nacional para arropar el ataúd de ciudadanos comunes fallecidos, es una acción que podría ser sancionada por la Ley 360, con días de prisión y una multa.
El director de Cementerios del Ayuntamiento de Santiago, José Espaillat, dijo que apoya que la Policía Nacional prohiba el uso de la Bandera Nacional en sepelios de personas que no merezcan la distinción, sin embargo reveló que no hay una resolución municipal que impida entrar con armas de fuego, consumir bebidas y llevar música estridente a los camposantos.
El funcionario del cabildo entiende que no deben ser permitidos estos tipos de actos en los funerales, ya que no se corresponden con el respeto que se debe tener a los cementerios.
Espaillat señaló que esta práctica es común en el camposanto de El Ingenio, donde paradójicamente, en un enfrentamiento a tiros mientras se producía un enterramiento, Dariel, un joven de 17 años, encontró la muerte.