Santo Domingo
El Instituto de Aviación Civil (IDAC) reguló el uso de los drones o aeronaves no tripuladas en el país, atando su utilización a una acreditación de sus operadores, y a reglamentaciones de altitud y de horarios de los vuelos no tripulados.
La norma tiene mayores exigencias para las aeronaves entre las 4.4 libras (2 kilogramos) y las 55 libras (25 kilos), que deberán ser de operación manual y mantener siempre contacto visual directo con su operador.
La resolución tiene carácter transitorio hasta tanto se emita una nueva normativa o reglamentación por el IDAC, o que la Organización Internacional de Aviación Civil (OACI) adopte y publique las normas sobre requisitos técnicos relacionados con la operación de drones.
El peso máximo de despegue permitido será de 55 libras, y se incluyen los accesorios, pero sin considerar el volumen de paracaídas, en caso de que lo tenga.
Los aparatos que pasen de este peso entran en otra categoría, y deberán solicitar al IDAC una autorización especial.
La resolución advierte a los operadores no exceder durante el tiempo de vuelo u operación 80% de la autonomía total de la aeronave establecida por el fabricante, ni durar más de 60 minutos en el aire.
“El traspaso del mando y control del drone a otro operador no podrá efectuarse con la aeronave en vuelo”, indica la normativa.
La resolución incluye en su definición de aeronaves no tripuladas a las que estén aptas para el traslado de cosas, ampliando así la mirada a los dispositivos de carga y no solo a los aparatos de filmación y toma de fotografías.
En lo adelante los drones tienen restricciones para operar en las noches sin autorización especial, y los operadores no podrán volar más de una aeronave de forma simultánea. La altura del aparato no podrá superar nunca los 121 metros, o 400 pies.
Los requisitos básicos para obtener la credencial de vuelo obligan a sus operadores a ser mayores de edad, a hablar, escribir, leer y comprender el idioma español, y a acreditar que tiene instrucción teórica y práctica sobre el modelo de la aeronave no tripulada.
También incluye la aprobación de un examen escrito sobre la resolución que regula los vuelos y abarcará conocimientos aeronáuticos.
El IDAC contempla convalidar las licencias dadas por otros Estado para la operación de los aparatos.
Se trata de la resolución 008-2015, titulada “Regulación sobre el uso y operación de los sistemas de aeronaves pilotadas a distancia o drones en el territorio nacional”.