domingo, 30 de octubre de 2016

Vientres de alquiler: un tipo de contrato aún no regulado en República Dominicana

Los casos de mujeres que rentan su cuerpo para gestar un bebé para otra persona tienen lugar en República Dominicana, sin embargo, no existen leyes que regulen este tipo de contrato.

 De acuerdo con la magistrada Togarma Abreu Rosario, esa práctica se escenifica en el país al margen del conocimiento y regulación de las autoridades estatales, poniendo en peligro la filiación de los niños nacidos de ese proceso.

 “En nuestro país yo conozco casos donde sí se está haciendo al margen de la ley. Con esto no digo que es contra la ley o a favor de la ley, sino que como hay una oscuridad legal en torno al caso, quien lo hace es sin la participación del Estado”, explica la jueza.

 Aunque prefiere no calificar de bueno o de malo los contratos de subrogación, entiende pertinente que los legisladores trabajen para crear un marco legal que los regule, como sucede en algunos estado de los Estados Unidos, la India o Colombia.



 “Aquí hay muchos centros de fertilización y este tipo de cosas que el Etado no está siendo parte. Están pasando pero por debajo”, indicó la magistrada en el programa “Migra Z”, de la Z101 FM.

 De acuerdo con Abreu Rosario, solo el artículo 1128 del Código Civil podría tomarse como punto de partida para determinar la legalidad o ilegalidad del alquiler de vientres, al indicar que los contratos están limitados a la cosas, categoría a la que no pertenecen los seres humanos

. “Sólo las cosas que están en el comercio pueden ser objeto de los contratos”, establece el Código Civil dominicano en su artículo 1128. 

 Hasta el momento, sin embargo, no existe ningún precedente que pueda ayudar a dirimir posibles conflictos surgidos de ese tipo de acuerdo, debido a que ningún tribunal ha sido apoderado de un caso similar en República Dominicana, de acuerdo con la jueza.