“El Intran trabaja conjuntamente con los principales representantes del sector, en el análisis de costo que definen las tarifas de transporte pasajeros y de carga”, expresó.
Explicó que esa tarea se inició ante el planteamiento del sector transporte, de que debía ser revisada la tarifa, por lo que el Intrant accedió en cumplimiento al artículo 127 de la Ley 63-17 que establece que la revisión tarifaría se puede hacer a solicitud de los prestadores de dicho servicio.
De los Santos fue enfática al señalar que “hasta este momento no existe, ni ha habido ninguna disposición de autorización de aumento de tarifas, ni en el transporte de pasajeros ni en el de carga”.
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