domingo, 1 de septiembre de 2019

Plan de ICE de deportaciones aceleradas obliga a todos los inmigrantes a portar identificación


Aunque el nuevo plan de la oficina de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) para deportaciones aceleradas afectaría principalmente a indocumentados, activistas y abogados advierten a los inmigrantes legales a mantenerse alerta, ya que durante alguna redada las autoridades pueden solicitar su comprobante de estancia en Estados Unidos y, en caso de no presentarla, ser detenidos y puestos en proceso de expulsión.

Uno de los aspectos clave del lineamiento publicado el 20 de febrero de 2017 es que un inmigrante solamente podrá librar de una detención si logra identificarse como ciudadano, Residente Legal Permanente, refugiado, asilado o presentar Autorización de Empleo, visa de estudiante o un documento de protección, como TPS, DACA.

El abogado Alex Gálvez, quien ejerce en Los Angeles, California, dijo a Univision que la identificación de los inmigrantes legales “es sumamente importante”, aunque los oficiales de ICE podrían darle un “periodo de gracia” al extranjero a demostrar su estancia legal.


“(ICE dará una) oportunidad breve pero razonable para obtener evidencia de su presencia física o comunicarse con alguien para obtener dicha evidencia si no pueden proporcionar esa evidencia en el momento de su encuentro con ICE”, indicó Gálvez.

Es importante recalcar que para transitar en los Estados Unidos, todos los extranjeros deben portar siempre sus documentos de identificación, sobre todo cuando viajan fuera de su ciudad.

La firma de abogados Tarter Krinsky & Drogin LLP publicó un artículo en lexology.com, donde explica el tipo de documentos que todo extranjero debe tener, dependiendo de su condición en el país.

“La Sección 262 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) establece que casi todos los ciudadanos extranjeros en los Estados Unidos deben estar ‘registrados’ en la agencia gubernamental correspondiente”, apuntó el artículo. “Todo extranjero, de dieciocho años en adelante, deberá portar consigo y tener en su posesión personal cualquier certificado de registro de extranjero o tarjeta de recibo de registro de extranjero emitida a él”.

Agrega que los residentes deben portar su “green card” y los extranjeros su pasaporte vigente y la visa que corresponde a su estancia si no es como turista (estudiante o empleado temporal), además de alguno de los siguientes documentos:

I-94 o Registro de llegadas y salidas.- Los extranjeros admitidos como no inmigrantes (turistas, por ejemplo); extranjeros en libertad condicional en los Estados Unidos bajo la sección 212 (d) (5) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
I-95 o Crewmen Landing Permit – alguien que llega por barco o avión. Es para miembros de una tripulación. También para ellos existe el I-184 con una tarjeta de identifación.
I-185 – Tarjeta canadiense de cruce de fronteras canadiense no residente, es decir ciudadanos de Canadá o británicos que residen en Canadá.
I-186 – Tarjeta de cruce fronterizo mexicano no residente, para ciudadanos que residen en México.
I-221 – Orden de mostrar causa y aviso de audiencia, esto es para aquellos inmigranres contra quien se están iniciando procedimientos de deportación. También puede ser el I-221S, dependiendo el caso.
I-766 – Documento de Autorización de Empleo.
I-862 o Aviso de comparecencia – Extranjeros contra quienes se están iniciando procedimientos de deportación.
I-863 o Aviso de remisión al juez de inmigración – Extranjeros contra los cuales se están iniciando procedimientos de deportación.

@eldiariony