Al solicitar a la Fiscalía del Distrito el desapoderamiento y la devolución de los expedientes, la procuradora Miriam Germán Brito señaló que los casos habían sido remitidos a esa instancia “de manera segmentada y sin criterio definido”.
Añadió que las denuncias se enviaron de forma discrecional a la jurisdicción del Distrito y sin seguir ningún parámetro razonable que lo justificara. Explicó que los citados casos ameritan ser investigados siguiendo los mismos parámetros objetivos elaborados por el Ministerio Público que encabeza para que haya un procedimiento estandarizado.
Expedientes que investigará la PGR
Los expedientes incluyen la denuncia de corrupción contra funcionarios del Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia (Inaipi) por violación a la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos.
Además, el caso de alegada corrupción administrativa de la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (Omsa) que involucra a Manuel Rivas y compartes, así como el del Consejo Estatal de Azúcar (CEA), encabezado por Pedro César Mota Pacheco y compartes.
Otro de los casos se basa en una denuncia de Somos Pueblos contra José del Castillo, por la supuesta violación a la misma legislación.
Los expedientes incluyen las denuncias presentadas contra Ricardo Andrés Castillo Terrero por la supuesta violación a la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y la Ley 340 sobre Compras y Contrataciones del Estado, presentadas al Ministerio Público el 14 de julio y el 20 junio por el abogado Guido Gómez Mazara.
También, las presentadas por el mismo abogado, los días 12 y 25 de mayo de este año, así como el 26 de junio, contra Gonzalo Castillo y Helidosa Aviation Group por supuesto enriquecimiento ilícito y violación a la Ley 340.
El procedimiento se trata de una avocación que se ampara en las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica del Ministerio Público (133-11, del 7 de junio de 2011), la cual en su artículo 30, inciso 10, le otorga al Procurador General de la República la atribución de “asumir, por sí mismo o a través de uno de sus adjuntos, cualquier proceso penal de acción pública que se promueva en el territorio nacional cuando lo juzgue conveniente al interés público”.
“Esta avocación estará precedida de un dictamen motivado al efecto y comporta el traslado la responsabilidad de la gestión del caso, no pudiendo ser devuelto al Ministerio Público originariamente apoderado”, dice el auto.
Recuerda que las investigaciones de corrupción requieren de una gestión integral que permita disponer del capital humano y los recursos técnicos indispensables para la persecución efectiva que demandan. En ese contexto, recuerda que “realizar los procesos de investigación en varias dependencias puede atentar contra el plazo razonable que se debe observar por mandato de la ley”.
La procuradora general había pedido a la fiscal del Distrito, Rosalba Ramos Castillo, mediante oficio del 25 de agosto, una lista de los casos de corrupción que se encontraban en esa jurisdicción.
Luego otorgó un plazo de 48 horas para su remisión ante la Procuraduría General, en donde lo asumirá junto a un equipo de su gestión.
Germán Brito plantea que el Ministerio Público toma “todas las medidas necesarias” con el propósito de “garantizar el cumplimiento efectivo de uno de los objetivos más relevantes para el órgano de investigación de la República Dominicana: perseguir con resultados eficientes los casos de corrupción”.
Recuerda, en uno de su considerando, que la Convención de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) contra la Corrupción define ese flagelo como “una plaga insidiosa que tiene un amplio espectro de consecuencias corrosivas para la sociedad”.
Deplora que hasta el momento en República Dominicana los casos de corrupción se hayan investigado y procesado siguiendo acciones aisladas y sin las herramientas necesarias para instrumentar los procesos a la altura de las acciones criminales complejas a las que pertenecen y que son propias del crimen organizado.
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