Esta disposición entro en vigencia el 21 de julio por un período de veinte días. Se espera que antes de que concluya este periodo el primer mandatario ratifique esta medida o disponga otra nueva.
Mediante el decreto 266-20 el Poder Ejecutivo estableció el toque de queda de lunes a viernes de siete de la noche a cinco de la mañana, mientras que los sábados y domingos es de cinco de la tarde a cinco de mañana en el Distrito Nacional, Santiago, San Cristóbal, La Vega, Puerto Plata, Duarte, San Pedro de Macorís, La Romana, San Juan de la Maguana, La Altagracia, Azua, Monseñor Nouel, Sánchez Ramírez y María Trinidad Sánchez.
En el caso de las provincias Espaillat, Peravia, Barahona, Monte Plata, Valverde, Hermanas Mirabal, Monte Cristi, Samaná, Bahoruco, Hato Mayor, El Seibo, Dajabón, Santiago Rodríguez, San José de Ocoa, Elías Piña, Independencia y Pedernales, es de lunes a domingo de ocho de la noche a cinco de la mañana.
El Senado de la República aprobó la resolución que autoriza al Poder Ejecutivo declarar el estado de emergencia en el territorio nacional por un plazo máximo de 45 días.
elcaribe
