Los ciudadanos estadounidenses, los residentes permanentes (con green card), y los refugiados y asilados (a partir del segundo año) pueden solicitar un visado para traer a sus familiares.
Los ciudadanos pueden traer a su cónyuge, y a sus hijos, padres y hermanos; los residentes, a su cónyuge y a sus hijos no casados; y los refugiados y asilados, a su cónyuge y a sus hijos no casados menores de 21 años.
El Gobierno que preside Donald Trump está en contra de estos visados de reunificación familiar, y ha intentado eliminarlos o reducirlos, para favorecer en su lugar a los permisos de empleo para trabajadores jóvenes y cualificados. Sin embargo, el Congreso ha rechazado hasta el momento esta reforma.
Y ello pese a que la esposa del presidente, Melania Trump, ha usado los visados de reunificación familiar para que sus padres se conviertan en ciudadanos.
El proceso, en cualquier caso, es complicado y, en algunos casos, puede llevar muchos años. Comienza casi siempre con un formulario I-30 de petición para familiares, que no otorga la residencia sino que sólo da permiso para solicitarla.
Este proceso puede hacerse ahora por primera vez de forma electrónica, según recuerda el diario Miami Herald.
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El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS, en inglés) anunció el 30 de octubre que este formulario, “uno de los más usados”, podría presentarse por Internet para potenciar “la efectividad y eficacia” de esta agencia federal.
Para ello, el usuario debe crear una cuenta en la página de internet de USCIS, con la que presentar y rastrear el estado de sus formularios, pagar las tarifas correspondientes, comprobar el estado de su caso, comunicarse con los oficiales de la agencia, y responder a las solicitudes de evidencia.
Una vez presentado el formulario, la agencia debe verificar que la relación familiar es válida, aprobando entonces la petición. Los peticionarios deben esperar entonces a que haya un visado disponible al que aplicar, enviando para ello el formulario I-485.
Este proceso está siendo revisado ahora porque el Gobierno pretende denegar el visado a todos aquellos inmigrantes que considere que pueden en el futuro necesitar de ayudas sociales. Esta decisión ha sido paralizada por la justicia, de forma que, por ahora, el formulario a rellenar es el mismo que antes de que se aprobara esta medida, pero esto podría cambiar en el futuro.
Este formulario, en cualquier caso, no se puede presentar a través de Internet, pero hay otros que sí: el formulario I-90 de solicitud para reemplazar la green card; el formulario I-539 de solicitud de extensión o cambio de estatus de no inmigrante; el formulario N-336 de solicitud de audiencia sobre decisión en los procedimientos de naturalización; el formulario N-400 de solicitud de naturalización; el formulario N-565 de solicitud de reemplazo de documento de naturalización; el formulario N-600 de solicitud de certificado de ciudadanía; y el formulario N-600K de solicitud de ciudadanía y emisión del certificado bajo la Sección 322.
Más de un millón de personas han empleado las herramientas de USCIS en Internet, según afirmó la agencia en primavera. Este sistema, según la agencia, es seguro, simplifica el cobro de tarifas, puede emplearse en el teléfono celular, y permite acceder a toda la información personal y del caso al instante.
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