A través del decreto 349-21 que regula un nuevo toque de queda en el territorio nacional, el Gobierno prohibió el expendio de bebidas alcohólicas en espacios públicos y privados de 3:00 de la tarde hasta las 5:00 de la mañana.
“Queda prohibido a nivel nacional el expendio de bebidas alcohólicas para ser consumidas en espacios públicos y privados de uso público desde las 3:00 p. m. hasta las 5:00 a. m., así como el consumo mismo de estos productos en dichos lugares”, dice el decreto en su artículo 8.
De igual forma, se dispuso que los lugares de consumo de alimentos y bebidas en todo el territorio nacional podrán recibir clientes en sus instalaciones hasta el 50 % de su capacidad total, en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes, “y sin exceder 6 personas por mesa en los lugares que aplique”.
Asimismo, dispone que toda las personas puedan utilizar los espacios abiertos al aire libre en todo el territorio nacional, tales como parques y malecones, para actividades que no impliquen aglomeración y en estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.