sábado, 16 de marzo de 2013

PUCAMAIMA Y AGRIPINO NO HAN CUMPLIDO CONTRATO DE DONACION DEL HOTEL MONTEMAR


POR Manuel Gilbert

 PUERTO PLATA.-Cuando el Estado dominicano decidió donar el hotel Montemar a la Universidad Católica Madre y Maestra (UCAMAIMA) era una propiedad que estaba en excelentes condiciones físicas, pero 35 años después de rubricarse ese contrato lesivo al interés de los puertoplateños, esa propiedad hotelera se está cayendo a pedazos por el descuido a que ha sido sometida durante muchos años y su abandono lesiona la imagen del destino Puerto Plata.

 Un infausto día 21 del mes de diciembre del año 1977 comparecieron por ante el licenciado Luís Alberto Mora Guzmán, notario del número para el Distrito Nacional, la licenciada Marina Binet Mieses, Administradora General de Dirección Bienes Nacionales y monseñor Agripino Núñez Collado, en representación de la UCAMAIMA y firmaron el contrato de concesión del inmueble.

 Nueve días después, el 30 de diciembre del 1977, el Senado de la República, presidido a la sazón por Adriano A. Uribe Silva, dio su visto bueno al contrato de donación y la Cámara de Diputados, encabezada por Atilio A. Guzmán Fernández, lo terminó de aprobar mediante la Ley 760, del 6 de abril del año 1978, legalizando el despojo de ese hermoso hotel, ubicado frente al malecón y a Long Beach.

 La licenciada Binet Mieses representó al Estado dominicano en virtud de las disposiciones contenidas en el poder de fecha 12 de diciembre de 1977, expedido por el Poder Ejecutivo, que presidía el doctor Joaquín Balaguer, que facultó a la funcionaria para el otorgamiento del citado complaciente contrato de entrega del hotel Montemar a la UCAMAIMA, con domicilio en el Campus Universitario de Santiago de los Caballeros.

 Los mandatos del contrato de donación del hotel Montemar

 El contrato establece en su Párrafo Primero, que el Estado Dominicano, representado por la licenciada Marina Binet Mieses, cede y traspasa, en calidad de donación, a la Universidad Católica y Maestra, que aceptó el donativo a través de su representante, el hotel Montemar, situado en la ciudad de Puerto Plata, integrado por el edificio principal, anexidades, dependencias y el terreno donde se encuentran ubicados, que miden 50,000 metros cuadrados de extensión superficial, dentro de la Parcela No. 16, del Distrito Catastral No. 9 de Puerto Plata.

 El Párrafo Segundo del contrato de concesión precisa que los terrenos están enmarcados dentro de los siguientes linderos: Al Norte la Parcela No. 16; Sur y al Este, resto de la misma Parcela No. 16 y al Oeste, el resto de la misma Parcela No. 16 y un arroyo. Mediante el acuerdo también se donó a la Universidad Católica Madre y Maestra todos los equipos y mobiliarios con que estaba dotada la propiedad hotelera. El acuerdo de donación del hotel Montemar a la UCAMAIMA da cuenta, aunque parezca increíble y absurdo, que el edificio principal y los terrenos fueron valorados por la Dirección de Bienes Nacional en la suma de RD$1,136,891.85 y los equipos y el mobiliario el organismo le dio un valor de RD$184,330.08, que sumados totalizaron la cantidad de RD$1,321,221.93. 

 Condiciones de la donación y obligaciones de UCAMAIMA 

 Mientras que el Párrafo Tercero consigna que el Estado Dominicano dona la propiedad hotelera, con la condición de que se destine a una Escuela Hotelera y que el mencionado establecimiento continuará funcionando como hotel público abierto a todo el que quisiera usarlo y que la institución donataria no puede efectuar ninguna clase de operación que afecte el derecho de propiedad de los bienes que se donan, tales como actos de donación, venta, permuta, hipoteca o cualquier otro gravamen. 

 El Párrafo Cuarto obliga a la Universidad Católica Madre y Maestra, como donataria condicional, se obliga a dar cumplimiento a todo lo establecido en la cláusula anterior, ya que su falta dejaría sin efecto el presente contrato y el Párrafo Quinto dice que el Estado Dominicano justifica su derecho de propiedad sobre el inmueble objeto del presente contrato, en virtud del Certificado de Título No. 37, de fecha 11 de marzo de 1971, expedido por el Registrador de Títulos del Departamento de Santiago.