jueves, 10 de agosto de 2017

Denuncian torres violan requisitos ambientales


Cientos de torres y otras construcciones que se levantaron en el Gran Santo Domingo en las últimas décadas no cumplen con los requisitos medioambientales estipulados en la ley 64-00, informó esta mañana el director de Medio Ambiente del Distrito Nacional, Iván Lorenzo.

Ante tal situación advirtió que suspenderá todas las construcciones de obras que se estén levantando y que no cumplan con las estipulaciones establecidas por la ley.

“La mayoría no tiene una planta de tratamiento como exige la ley y lo que se ha hecho durante todos estos años es que donde había una casa con un pozo séptico, por ejemplo, se levantó una torre donde ahora viven 80 0 90 personas y se construyó un pozo tubular al lado del séptico y esto provoca que se contaminen las aguas con la materia fecal”, explicó.


Lorenzo lamentó que en la mayoría de los casos el otorgamiento de permiso de construcción en el Distrito Nacional y la provincia de Santo Domingo “se hacía más por el cobro de los impuestos que para cumplir con las normas de seguridad y salud de la gente”.

Medio Ambiente entregaba el Certificado de Registro de Impacto Mínimo (CRIM) dando el visto bueno para que se levantara la obra, pero los inspectores no volvían más por el lugar, según expuso.

El funcionario reconoció que la Dirección Medioambiental del Distrito Nacional no tenía personal ni logística para dar seguimiento a las construcciones y que cumplieran con las normas de Medio Ambiente, “pero ahora tenemos un personal suficiente y capacitado y queremos advertir que suspenderemos todas las construcciones que se estén levantando sin cumplir con estos requisitos”.

“Para nadie es un secreto que más del 90 por ciento de las obras que se levantaron en las últimas décadas en el Distrito Nacional y la provincia de Santo Domingo no cumplen con estos requisitos. Ni tienen planta de tratamiento, ni garantizan la seguridad de los empleados y carecen de los filtros anaeróbicos”, sostuvo el funcionario.

El documento CRIM es la exigencia de la construcción de un séptico con filtro anaeróbico en todos los proyectos habitacionales y comerciales desarrollados en la capital.

Lorenzo dijo que este requisito, mejor conocido como planta de tratamiento para el manejo de las aguas residuales, es obligatorio independientemente de que en la zona donde se construye el proyecto haya o no alcantarillado cloacal.

Agrega que la Dirección de Medio Ambiente del Distrito Nacional inició un amplio operativo de inspección en las obras de construcción que se levantan en la capital a los fines de verificar el cumplimiento de los requerimientos del CRIM de la institución.

En tal sentido indicó quienes no estén cumpliendo dicha disposición serán sancionados conforme lo dispone la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente.

El funcionario considerar que “es muy importante el seguimiento que le damos a todos los proyectos para asegurarnos de que se cumpla con lo estipulado en los CRIM”.

Lorenzo explicó que una planta de tratamiento es un séptico con varias cámaras para una última cámara, que es el filtro.

Requisitos

Entre los requisitos exigidos por Medio Ambiente están una
planta de tratamiento, pago de 2 mil pesos, plano catastral del proyecto, permiso de uso de suelo del Ayuntamiento, filtro anaeróbico, plano de distribución del proyecto.

@elnacional